Revista mi Barrio

Periódico barrial de Villa Real y Versalles, barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cinco situaciones en las que el consumidor tiene derecho al pataleo

marzo 17, 2011

Situación uno: el precio de góndola o el de la publicidad no coincide con el de caja
Si el consumidor decide comprar un producto basándose en el precio que figura en la góndola o porque se decidió a partir de una publicidad, tiene derecho a reclamar si intentan cobrarle en la caja un monto distinto al exhibido/publicitado.
Situación dos: no está disponible el producto publicitado
Los negocios están obligados a señalar por cuánto tiempo se va a mantener la oferta y cuál es el stock en promoción. Si cuando el cliente llega al supermercado se agotó la cantidad pero no el período de la oferta, el negocio está obligado a reponer la mercadería al mismo precio
Situación tres: el vendedor exige un recargo por pago con tarjeta
Según establece la Ley de Tarjetas de Crédito (25065) está prohibido reclamar un precio diferencial superior por la compra con ese instrumento de pago. Por ejemplo, si un producto figura en la vidriera a 150 pesos, el monto a pagar debe ser el mismo ya sea en efectivo como en un solo pago con tarjeta. La financiación en cuotas es independiente de este ítem, por lo que los locales se encuentran habilitados a cobrar un importe diferencial.
Situación cuatro: es imposible leer el contrato
El formulario que entregan las empresas al contratar un servicio debe estar impreso en una tipografía fácilmente legible por los usuarios. En caso contrario, los clientes tienen derecho a reclamar una copia con un tipo de letra más grande. Además, los locales tienen la obligación de mantener el mismo tamaño en la descripción de todos los productos o servicios que ofrecen, con el objetivo de evitar confusiones por parte de los consumidores.
Situación cinco: aumentaron sorpresivamente la cuota de la obra social
Las empresas que planean modificar la cuota del afiliado tienen la obligación de comunicárselo con 60 días de anticipación. Lo mismo aplica para las compañías de telefonía celular. A la hora de informarlos pueden optar por enviar una comunicación junto con la factura o publicar una solicitada informando los nuevos cuadros tarifarios.

Cómo reclamar
Según establece la Ley de Defensa del Consumidor ,
1 – Para hacer efectiva la queja, hay que ir al local con el ticket o el documento que corresponda.
2 – En caso de que no se haga lugar al reclamo, solicitar el libro de quejas para dejar asentada la disconformidad.
3 – Si así y todo no se obtienen respuestas, se puede presentar una denuncia ante la Subsecretaría de Defensa del Consumidor (Av. Julio A. Roca 651, 4to piso) o ante cualquiera de las entidades de Defensa del Consumidor.

Fuentes consultadas:
-Osvaldo Riopedre, representante legal de la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios (Adecua)
-Susana Andrada, titular del Centro de Educación al Consumidor (CEC)
-Héctor Polino, representante legal de Consumidores Libre

Luis Alberto Serres

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