La Importancia de Votar Verdaderos Comuneros
Si las Comunas estuvieran funcionando como debieran, vos podrías proponer formas de mantener mejor el arbolado, las veredas, las luminarias y las calles y realizar el seguimiento de dicho mantenimiento. Podrías realizar aportes para mejorar la seguridad, la higiene, la educación, la salud y el estado general del espacio público de tu barrio. Podrías verificar si los edificios y habilitaciones comerciales cumplen con las normas vigentes y asegurar su cumplimiento. Podrías saber cuánto y en qué se gasta el dinero público que se recauda a través de los impuestos y cuál es la cantidad y monto de los contratos de obras y los contratos de servicios que los gobernantes realizan.
Más aún, podrías relacionarte institucionalmente con otros vecinos y organizaciones a través de tu participación en el Consejo Consultivo Comunal para analizar, determinar y consensuar las necesidades y proyectos prioritarios del vecindario en el que vivís o trabajas. Incluso podrías sentarte cara a cara con los políticos que votaste para integrar las Juntas Comunales, e intercambiar y discutir con ellos las necesidades barriales, hasta llegar a acuerdos sobre las obras y acciones públicas que se necesitan en tu barrio.
Para favorecer estas posibilidades, los constituyentes de 1996 sancionaron el artículo primero de la Constitución de la Ciudad – que establece la democracia participativa en sus instituciones de gobierno – y el título VI que crea las Comunas como una institución nueva, profundamente participativa, cercana al vecino y amigable con él. Y fue también por eso que muchos vecinos porteños luchamos desde el 2001 en adelante, hasta conseguir que se sancione y se empiece a cumplir la Ley de Comunas.
Para que la población identificara claramente que al votar las Juntas Comunales estaban eligiendo a los gobernantes de esta nueva institución democrática, participativa, de cercanía, y autónoma del Gobierno de la Ciudad que son las Comunas, se sancionó el Art. 20 de la Ley Orgánica de Comunas Nº 1777. En él se establecía que las elecciones comunales debían hacerse en días separados de otras elecciones y que, de coincidir inevitablemente con la celebración de otras elecciones, debían hacerse en boletas separadas.
Sin embargo, en las primeras elecciones comunales, se modificó este artículo permitiendo elecciones el mismo día y en la misma boleta, argumentando que era «por única vez». Pero no sería así. Hace apenas un mes (04 de marzo) y a poco de las próximas elecciones comunales, se eliminaron completamente las elecciones comunales diferenciadas. Con esto se busca que los candidatos a comuneros queden ocultos en una lista sábana encabezada por los candidatos a Jefes de Gobierno. De manera que la ciudadanía no solo siga sin enterarse de la existencia de gobiernos comunales autónomos del gobierno de la ciudad, sino que los miembros elegidos para las Juntas Comunales sigan sin poder ejercer en forma independiente las funciones que les reconoce la ley, al quedar convertidos en «empleados» subordinados partidocráticamente al Jefe de Gobierno ganador.
¿Por qué la legislatura eliminó la autonomía de las elecciones comunales? Porque tu participación, tus propuestas y el control que puedas ejercer sobre las acciones de gobierno, cuestionan seriamente el acaparamiento de derechos y recursos que un sector mayoritario de los políticos, ha hecho de la verdadera política, es decir, de la construcción conjunta de la comunidad en que vivimos. Y las Comunas, al ser un poder local democrático participativo que posibilita a los vecinos participar de las decisiones sobre lo que debe hacerse en sus barrios y a ejercer el control sobre las disposiciones y el manejo de los fondos públicos por parte de los gobernantes, amenaza seriamente la continuidad de ese acaparamiento corporativo de la política.
Para romper con esta trampa corporativa de corte partidocrático, es necesario ELEGIR JUNTISTAS COMUNALES QUE SEAN VERDADEROS COMUNEROS, es decir que estén dispuestos a facilitar la participación vecinal en las decisiones y a gobernar junto con los vecinos para que estos sean protagonistas del cambio cultural que implican las COMUNAS.
Por eso, en estas elecciones el MOVIMIENTO COMUNERO te propone que votes para Juntistas Comunales a ciudadanos comprometidos con los problemas del barrio y con una democracia participativa de cercanía, que trabaje para y con los vecinos.
EN ESTAS ELECCIONES 2015, EMPECEMOS A PRODUCIR UN CAMBIO.
- LEÉlos nombres de los que aparecen en todas las listas a Juntas Comunales de tu comuna, más allá de tu preferencia a Jefe de Gobierno o Legisladores.
- ELEGÍa quienes RECONOZCAS por su desempeño y lucha en los temas y conflictos que afectan a tu barrio.
Como ante esta propuesta nos han llegado una cantidad de consultas, creemos importante dar respuesta a un interrogante respecto de las Elecciones P.A.S.O. (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias).
Existe la creencia de que no se puede cortar boleta en las primarias, pero no es así.
La ley es clara al respecto y dice que los electores están habilitados a elegir una lista completa o a elegir diferentes listas para cada una de las tres categorías de cargos que se eligen: Jefes de Gobierno, Legisladores y Juntistas Comunales o Comuneros.
Estas listas diferentes pueden ser listas internas del mismo partido o, incluso, listas de diferentes partidos. Es decir, el elector podrá votar por una lista diferente para cada una de las categorías; lo que no se puede, es elegir 2 listas diferentes para la misma categoría.
Por lo tanto….podes poner en la urna la boleta de un solo partido para las 3 categorías, o, en el otro extremo, podes poner en la urna boletas de tres partidos diferentes, uno por cada categoría
Especial para Revista “Mi Barrio” y www.revistamibarrio.com.ar
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