Convenio entre la Comuna11 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Distrito de El Agustino de la Ciudad de Lima
Primera: Las partes acuerdan por el presente que la “Comuna 11” y “El Agustino” quedan hermanados a partir de la firma del presente.
Segunda: Las partes manifiestan que el aludido convenio de hermandad entre la “Comuna 11” y “El Agustino” es expresión del veraz deseo y anhelo sincero de promover la prosperidad en el marco de la democracia, de la hermandad entre todos los ciudadanos del mundo y particularmente entre los vecinos de ambas ciudades.
Tercera Las partes se comprometen a desarrollar relaciones de amistad y cooperación en materia de educación, cultura, arte, turismo, deportes y ciencias.
Cuarta: Las partes se comprometen a intercambiar información sobre eventos tales como exposiciones, congresos, ferias, jornadas y festivales.
Quinta: Las partes se comprometen a seguir de cerca el desarrollo y el progreso de la ciudad hermana y a estos fines intercambiarán experiencias y conocimientos tendiendo a consolidar las relaciones entre la “Comuna 11” y “El Agustino”.
Sexta: El presente convenio debe interpretarse en el estricto sentido cultural, no creando el mismo ninguna relación legal o financiera entre las partes, como así tampoco compromiso previo de orden económico o financiero a cargo de las partes signatarias. Tampoco limita el derecho de las partes para la celebración de convenios análogos con otras comunas o distritos.
Luis Alberto Serres
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