La Legislatura de la Ciudad sanciona la Ley de Placas de Dominio
La Legislatura de la Ciudad, sancionó con fuerza de Ley, Modificando el artículo 6.1.9 de la Ley 451, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 6.1.9.- PLACAS DE DOMINIO.
El/la conductor/ra, titular o responsable de un automotor, moto vehículo, acoplado o semi acoplado, o de transporte público de pasajeros que se encuentre circulando, estacionado o detenido en la vía pública sin tener colocadas la/s placa/s oficial/es de dominio automotor, o que estando colocadas se impida o dificulte su visualización mediante pliegues, aditamentos, mal estado de conservación, colocación en lugares o en forma antirreglamentaria, giradas respecto de su posición normal o por cualquier otro método que dificulte su identificación, es sancionado/a con multa de mil (1000) unidades fijas“.
Hay que tener en cuenta que 1 unidad fija equivale a un litro de Nafta.
Luis Alberto Serres
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