Un vecino de Mataderos deberá pagar $35.000 por un nene que se tropezó en su vereda
De mano en mano. Así suele pasar la responsabilidad cuando una persona resulta herida en la vía pública por el estado de calles y veredas. Esta vez, la balanza se inclinó en contra de un vecino de Mataderos, que fue multado por un nene que se lastimó frente a su casa.
El hombre deberá pagar ahora $35.000 por las lesiones que sufrió el chico, quien se tropezó con un cantero que él había construido en torno a un árbol, en la acera de su vivienda. Tras el accidente, al menor le quedó una cicatriz de casi cinco centímetros que le generó “una incapacidad parcial y permanente del 3%”. El hecho ocurrió hace diez años, pero fue resuelto recién la semana pasada.
El Juzgado N° 17 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad arribó a esa decisión al hacer lugar en forma parcial a una demanda planteada por los padres del nene y resolver condenar al vecino y librar de responsabilidad al Gobierno porteño.
Corría el 5 de octubre de 2006 cuando el chico caminaba por la calle Homero al 800 y se tropezó con una varilla de metal clavada en la tierra junto a otros parantes, sujetos entre sí con alambres y que formaban una estructura que rodeaba un árbol. Ante lo sucedido, los padres demandaron al vecino y a la Ciudad por $100.000 como indemnización por los daños y gastos médicos.
Sin embargo, el juez Marcelo Segón entendió que el responsable era el propietario del inmueble, al acreditarse que el cantero había sido puesto por él. En los fundamentos, el juez sostiene que “la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de las veredas está en cabeza del propietario frentista”.
Sobre la responsabilidad de la administración porteña, el magistrado dijo que se demostró la intervención del espacio público hecha por el vecino y que asignarle responsabilidad al ejecutivo de la Ciudad“equivaldría a sostener que el Estado local es garante de cualquier accidente que sufra un transeúnte en vía pública, aunque la causa del accidente obedezca al actuar negligente de terceros”.
Fuente www.clarin.com.ar
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