La Justicia ordenó la incorporación de un Medio Vecinal al Registro de Medios Vecinales.
El 17 de junio de 2021, la Jueza Liberatori dictó sentencia en la causa judicial «Zapata, María Noelia C/ GCBA S/ Amparo – Otros», Expte. N° 92761/2020-0, resolviendo declarar la nulidad de la Resolución RES 2021- 15-GCABA-SSCS –por carecer de causa y motivación adecuada- y ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a que incluya en el Registro de Medios Vecinales de Comunicación Social al medio audiovisual www.comunasporteñas.com.ar.
Desde hace varios años, el GCBA ha utilizado varias estrategias económicas en contra de los Medios Vecinales de la Ciudad. Ha intentado disminuir inconstitucionalmente la pauta que por ley debe otorgarse a estos medios y de forma arbitraria ha rechazado decenas de pedidos de nuevos medios para ser incorporados en el Registro de Medios Vecinales.
En ambas situaciones intervino la justicia. Esta semana un Medio Vecinal logró que la Justicia de la Ciudad reconociera el actuar arbitrario e ilegal del GCBA y aceptara su reconocimiento e incorporación al referido Registro.
El medio vecinal www.comunasporteñas.com.ar solicitó su incorporación al Registro de Medios Vecinales pero el GCBA rechazó su incorporación a través de la Resolución 9166-SSCS2020 dictada por la Subsecretaría de Comunicación Social por no cumplir, a criterio del GCBA, con los requisitos establecidos en la Ley N° 2587.
El 17 de junio de 2021, la Jueza Liberatori dictó sentencia en la causa judicial «Zapata, María Noelia C/ GCBA S/ Amparo – Otros», Expte. N° 92761/2020-0, resolviendo declarar la nulidad de la Resolución RES 2021- 15-GCABA-SSCS –por carecer de causa y motivación adecuada- y ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a que incluya en el Registro de Medios Vecinales de Comunicación Social al medio audiovisual www.comunasposterñas.com.ar.
La Jueza sostuvo que la Resolución, que dispuso el rechazo del registro del medio vecinal, no contenía fundamentos fácticos que justifiquen dicho rechazo ni análisis expreso que indique el incumplimiento de los recaudos legales que exige la Ley N° 2587.
La acción judicial fue patrocinada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad.
La Ley N° 2587, fue sancionada en el año 2007, con el objeto de «regular la contraprestación publicitaria de los Medios Vecinales de Comunicación Social con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establecer un sistema anual de estímulo a la calidad en la producción periodística».
A estos fines se creó el Registro de Medios Vecinales de Comunicación Social que se encuentra abierto para la inscripción cada año entre el 1 de junio al 31 de agosto. Todos los años los medios vecinales deben reinscribirse, tanto los nuevos que quieran incorporarse como los que ya fueron admitidos.
Se entiende como Medios Vecinales de Comunicación Social a aquellos medios de comunicación social gratuitos, que tienen por objeto la difusión de información de interés público relacionada con nuestra ciudad y sus habitantes.
La tarifa publicitaria que perciben mensualmente los Medios Vecinales de Comunicación Social es la que resulta de aplicar los porcentajes que se establecen en este artículo al valor más bajo del espacio publicitario de toda la página siete (7) del diario pago de mayor tiraje en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Diario Clarín), según su soporte: Medios Vecinales de Comunicación Social en soporte papel y de radiodifusión: 1% del valor indicado. Programas radiales vecinales de Comunicación Social: setenta y cinco por ciento (0,75%). Medios Vecinales de Comunicación Social en sitio web: 0,5%.
El pasado 7 de diciembre de 2018, la Legislatura porteña sancionó la Ley N° 5.919 que establece el 6 de diciembre como el «Día de los Medios Vecinales de Comunicación Social», con el objetivo de «fomentar y promover sus actividades de comunicación y divulgación de información, así como su rol social, cultural y político», reconociendo nuestra importancia dentro del mapa comunicacional porteño.
Casi dos meses después, Máximo Merchensky, Subsecretario de Comunicación Social, a través de la Resolución N° 813/2018 rebajó en un 19% el valor de la pauta publicitaria que corresponde a los medios vecinales de acuerdo con la Ley N° 2587, con una década de vigencia, y que tiene como objeto regular la contraprestación publicitaria de los Medios Vecinales con el Gobierno de la Ciudad.
En fecha 5 de abril de 2019, la Sala I de la Cámara en lo CAYT, en la causa judicial caratulada «SERRES, LUIS ALBERTO Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE INCIDENTE DE APELACION – AMPARO – OTROS», Expte. N° 1899-2018/1, confirmó la sentencia de primera instancia del Juez Scheibler, dictada el 13 de agosto de 2018, y decidió rechazar el recurso de apelación del GCBA y mantener la suspensión de los efectos de la resolución 813/18 dictada por la Subsecretaría de Comunicación Social, hasta tanto recaiga sentencia definitiva y firme en autos.
La acción de amparo colectivo fue iniciada por 58 MEDIOS VECINALES también con el patrocinio del Observatorio del Derecho a la Ciudad.
En los FUNDAMENTOS de la sentencia se expresa que la resolución n° 813/2018 no se ajustaría al bloque normativo que regula la materia (ley n° 2587 y decreto n° 933/2009), habiendo modificado «por un lado- el alcance dado por el legislador al art. 13 de la ley n° 2587 cuando alude al valor más bajo del espacio publicitario de toda la página siete (7) del diario pago de mayor tiraje en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que no coincidan con un precio promocional o al que se le aplique un descuento de cualquier naturaleza (art. 13, ley n° 2587); y, por el otro, al haber establecido que los importes se calculan semestralmente en lugar de mensualmente (cf. decreto n° 933/2009, Anexo, art. 13). Tampoco se ajustaría prima facie la regla jurídica que dispone que la Pauta Institucional no podrá ser inferior al mayor valor percibido (art. 13, in fine, anexo del decreto n° 933/2009).
Al momento de la sentencia, 269 medios vecinales porteños reciben 5 de cada 100 pesos que el Gobierno de la Ciudad invertía en materia de publicidad. Con el objetivo de reducir el presupuesto, el Subsecretario Merchensky decidió avasallar la sustentabilidad de los Medios Vecinales con descuentos ilegales e inconstitucionales.
Jonatan Baldiviezo
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