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Entran en vigencia los nuevos ajustes técnicos al Código de Edificación – Revista mi Barrio
Seguridad

Revista mi Barrio

Periódico barrial de Villa Real y Versalles, barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Entran en vigencia los nuevos ajustes técnicos al Código de Edificación

noviembre 2, 2021

El 11 de noviembre entra en vigencia un conjunto de normas que agilizan y potencian la aplicación de la normativa que establece cómo y con qué materiales se puede construir en la Ciudad.

 

El Gobierno de la Ciudad, a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano, realizó ajustes técnicos al Código de Edificación que entrarán en vigencia a partir del 11 de noviembre de 2021.

 

El objetivo de las modificaciones introducidas en la normativa, que indica cómo y con qué materiales se puede construir en la Ciudad, es simplificar trámites, incorporar novedades que favorecen al solicitante y actualizar categorías que optimicen y faciliten la aplicación del Código.

 

En ese sentido, se simplificaron algunos conceptos, se ampliaron definiciones y se incorporaron datos más precisos. En tanto, se mejoraron las opciones de reacondicionamiento para edificios existentes y se incorporaron herramientas y parámetros de diseño sostenible.

 

A partir de los cambios implementados, los usuarios podrán iniciar micro obras y modificaciones bajo responsabilidad de un profesional y agregar la figura del desarrollador urbano. Además, la nueva normativa específica el alcance de los eventuales casos de tolerancia constructiva.

 

Las modificaciones introducidas en el Código de Edificación de la Ciudad fueron aprobadas por la Legislatura porteña en agosto de este año.

 

El Código de Edificación define los estándares mínimos en cuestiones de habitabilidad, seguridad y tecnología de las construcciones según sus usos, así como los procedimientos generales para obtener los permisos necesarios para poder construir.

 

Junto al Código Urbanístico (CUr), establecen los lineamientos para la construcción presente y futura de la Ciudad.

 

Principales modificaciones introducidas al Código de Edificación:

 

NUEVOS TRÁMITES

 

  1. Registro en Etapa Proyecto: se podrá tramitar el Permiso de Obra en el mismo expediente por el cual se obtuvo el Registro en Etapa Proyecto.

 

  1. Permiso de Ejecución de Obra Civil: se deberá presentar una Declaración Jurada de Provisión de Servicios Públicos Domiciliarios. Ya no se solicitarán las factibilidades de servicios como condición necesaria para iniciar el trámite y no se solicitará Proyecto de Incendio registrado (según uso).

 

  1. Conforme a Obra y Certificado Final de Obra: se entregarán en un mismo acto administrativo.

 

  1. Separación del trámite de “Permiso de Obra/Demolición”: para otorgar más agilidad a los solicitantes y aclarar los requisitos a cumplir, se tramitarán por tratas separadas el Permiso de Ejecución de Obra Civil y el Permiso de Demolición.

 

PERMISO DE EJECUCIÓN DE MICRO OBRA / MODIFICACIÓN DE OBRA EN CURSO BAJO RESPONSABILIDAD PROFESIONAL: se podrán iniciar micro obras y ejecutar modificaciones de obras en curso (que no sean ampliaciones) presentando, además de los requerimientos propios del trámite, una Declaración Jurada del profesional responsable.

 

SUJETOS ACORDES A CADA TIPO DE OBRA: se aclaran sus responsabilidades y participación en las diferentes etapas de una tramitación. Se agrega la figura del Desarrollador Urbano.

 

    TOLERANCIAS CONSTRUCTIVAS: se admite una diferencia máxima del 3% de los valores numéricos de los lados y/o superficies. Para el caso de la altura total del edificio, se admite una diferencia de hasta el 2% de desvío entre lo declarado en el plano de proyecto y lo efectivamente construido por cada entrepiso. Esta tolerancia no será de aplicación cuando se verifique que se han ejecutado más niveles que los registrados en el Permiso de Ejecución de Obra Civil otorgado.

 

    PLAZO DE SUBSANACIÓN: aumenta a 45 días, otorgando más tiempo al profesional para la corrección de sus trámites.

 

  AJUSTE DE LA CATEGORIZACIÓN DE LOS PERMISOS DE ACUERDO AL IMPACTO DE LA OBRA:

Permiso de Ejecución de Micro Obra: hasta 50 m2 (antes, 30 m2).

Permiso de Ejecución de Obra Menor hasta 1000 m2 (antes, 500 m2).

Permiso de Ejecución de Obra Media: hasta 5000 m2 (antes, 2500 m2).

Permiso de Ejecución de Obra Mayor: mayores a 5000 m2 (antes, 2500 m2).

 

    IMPACTO EN LAS TRAMITACIONES: al ampliarse la obra media, mayor cantidad podrán tramitar bajo la modalidad de plano único (instalaciones sanitarias, contra incendio, eléctricas y obras civil en un mismo trámite)

 

    AMPLIACIÓN DE VIGENCIA DE LOS PERMISOS: se incorpora el plazo para iniciar los Permisos de Ejecución de Obra Civil y se amplían los plazos para finalizar obras.

 

Luis Alberto Serres

 

 

 

 

 

 

 

 

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