AFIP obliga a cambiar facturas del monotributo desde 2015
Los contribuyentes deberán imprimir facturas “C” del mismo modo que las facturas “A” y “B” de IVA inscriptos. Incluirán un CAI con vencimiento. Se podrán usar las facturas existentes hasta el 31 de diciembre de 2014.
A través de las RG 3665 y 3666, AFIP renovó las facturas de monotributistas con un nuevo procedimiento para solicitar la impresión de comprobantes y la inclusión en las facturas “C” del Código de Autorización de Impresión (CAI) con fecha de vencimiento.
A partir del 1 de noviembre de este año, este tipo de contribuyentes y los exentos en IVA recomienzan la emisión de sus comprobantes desde el número 00000001. Los monotributistas podrán usar facturas existentes hasta el 31 de diciembre de 2014, y los exentos y no alcanzados a partir del 1º de marzo de 2015, pudiendo utilizar comprobantes anteriores hasta el 30 de abril de ese año.
Por otra parte, todos los responsables deberán utilizar remitos tipo “R”. Los remitos tipo “X” se mantendrán pero únicamente para los traslados internos, dentro del mismo predio, establecimiento o parque industrial, o cuando sean emitidos por los controladores fiscales de la vieja tecnología como documento no fiscal homologado.
Según informa el diario El Cronista, para los responsables inscriptos en el IVA también hay cambios. Desde el 1º de noviembre próximo hasta el 31 de marzo de 2015, si bien siguen con el procedimiento anterior, utilizando los puntos de venta que tenían habilitados, comienzan a confirmar o rectificar los puntos de venta en la página de internet de AFIP.
Luis Alberto Serres
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